DEUTSCHE BANK SAE
Regulator warningNamed in 2 sanctions listings.
Sanctions and listings2
- Effective
- 29 Jan 2025
- Ended
- 29 Jan 2030
MiFID
Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)EU ESMA SanctionsSpain
Administrative sanction and measure
La CNMV ha impuesto a DEUTSCHE BANK, S.A.E. multa por importe de 5.000.000 de euros por la comisión una infracción muy grave tipificada en el artículo 284.1 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el incumplimiento, no meramente ocasional o aislado, de la obligación de diligencia y transparencia recogido en el artículo 208 del citado texto legal, en relación con los deberes de información a los clientes previstos en sus artículos 209, 210 y 211, en relación con los artículos 44.2, b), c) d) y e); 48 y 50 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565 de la Comisión, de 25 de abril de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de servicios de inversión y términos definidos a efectos de dicha Directiva; y con la Norma tercera de la Circular 3/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el desarrollo de determinadas obligaciones de información a los clientes a los que se les prestan servicios de inversión, en relación con la evaluación de la conveniencia e idoneidad de los instrumentos financieros, todo ello con ocasión del servicio de asesoramiento prestado a clientes españoles, relacionado con instrumentos financieros derivados sobre divisas, de mayor complejidad y riesgo -en particular los denominados Target Profit Forwards y Pivot TPF-, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2021.
- Effective
- 29 Jan 2025
- Ended
- 29 Jan 2030
MiFID
Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)EU ESMA SanctionsSpain
Administrative sanction and measure
La CNMV ha impuesto a DEUTSCHE BANK, S.A.E. una multa por importe de 5.000.000 de euros por la comisión una infracción muy grave tipificada en el artículo 283.12 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el incumplimiento, no meramente ocasional o aislado, de la obligación de diligencia y transparencia y de actuación en el mejor interés de sus clientes, recogido en su artículo 208 ter, en relación con el artículo 54.11 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565 de la Comisión, de 25 de abril de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de servicios de inversión y términos definidos a efectos de dicha Directiva, todo ello con ocasión del servicio de asesoramiento prestado a clientes españoles, relacionado con instrumentos financieros derivados sobre divisas, de mayor complejidad y riesgo - en particular los denominados Target Profit Forwards y Pivot TPF-, en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y el 31 de marzo de 2021.
La CNMV ha impuesto a DEUTSCHE BANK, S.A.E. una sanción de suspensión de la actividad de asesoramiento en materia de inversión sobre productos derivados OTC complejos que incorporen estructuras sobre divisas que incluyan la venta de opciones por parte del cliente a DB, tanto los denominados Target Profit Forwards y Pivot TPF, como aquellos otros de análoga naturaleza y funcionamiento, emitidos por la propia Entidad o por terceros, por un plazo de un año, por la comisión una infracción muy grave tipificada en el artículo 284.1 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el incumplimiento, no meramente ocasional o aislado, de la obligación de diligencia y transparencia recogido en el artículo 208 del citado texto legal, en relación con los deberes de información a los clientes previstos en sus artículos 209, 210 y 211, en relación con los artículos 44.2, b), c) d) y e); 48 y 50 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565 de la Comisión, de 25 de abril de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de servicios de inversión y términos definidos a efectos de dicha Directiva; y con la Norma tercera de la Circular 3/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el desarrollo de determinadas obligaciones de información a los clientes a los que se les prestan servicios de inversión, en relación con la evaluación de la conveniencia e idoneidad de los instrumentos financieros, todo ello con ocasión del servicio de asesoramiento prestado a clientes españoles, relacionado con instrumentos financieros derivados sobre divisas, de mayor complejidad y riesgo -en particular los denominados Target Profit Forwards y Pivot TPF-, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2021.
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